Registro Nacional de Administradores de Condominios
Con la implementación de la nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria en Chile, se ha establecido la obligación para todos los administradores de condominios de inscribirse en el Registro Nacional de Administradores de Condominio. Este cambio busca profesionalizar y regular la administración de los edificios y condominios, garantizando así una mejor gestión y transparencia en el manejo de las comunidades.
Formas de Inscripción
Tipos de Inscripción
Los administradores pueden inscribirse en el Registro Nacional de dos maneras:
- A Título Gratuito (Voluntarios): Esta modalidad es para aquellos que deciden ofrecer sus servicios sin costo.
- A Título Oneroso (Pagado): Para quienes ofrecen servicios de administración como una actividad remunerada.
Personas Naturales y Jurídicas
La inscripción puede ser realizada tanto por personas naturales como por personas jurídicas, y es válida en todo el país.
Revisión de la Solicitud
Proceso de Revisión
La revisión de los antecedentes y la aprobación o rechazo de la solicitud estarán a cargo de las Secretarías Regionales Ministeriales (Seremi) del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Este proceso garantiza que todos los administradores cumplan con los requisitos establecidos por la ley.
Requisitos para la Inscripción
Personas Naturales a Título Gratuito
- Edad: Ser mayor de edad.
- Residencia: Ser chileno o extranjero con residencia vigente en el país.
- Ingreso: Ingreso con Clave Única.
- Antecedentes Penales: No tener condenas de los Títulos VIII y IX del Libro Segundo del Código Penal.
- Certificado de Residencia y Domicilio: Para extranjeros, emitido por el Departamento o Sección de Migraciones y Policía Internacional de la Policía de Investigaciones.
- Certificado de Antecedentes Penales: Para fines especiales, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, con una antigüedad máxima de 15 días previos a la solicitud de inscripción.
Personas Naturales a Título Oneroso
- Edad: Ser mayor de edad.
- Residencia: Ser chileno o extranjero con residencia vigente en el país.
- Antecedentes Penales: No tener condenas de los Títulos VIII y IX del Libro Segundo del Código Penal.
- Educación: Educación Media aprobada.
- Capacitación: Curso de capacitación en materias de administración de condominios o certificación de competencia laboral.
Personas Jurídicas (Gratuito u Oneroso)
- Personalidad Jurídica Vigente: La empresa debe contar con personalidad jurídica vigente.
- Objeto Social: Debe incluir la prestación de servicios de administración de edificios y/o condominios.
- Nómina de Administradores: Lista de personas naturales que ejercerán las labores de administración, quienes deben estar inscritas individualmente en el Registro Nacional.
- Identificación del Representante: Persona natural que cumplirá los requisitos a nombre de la persona jurídica (representante legal, socio o accionista).
Competencias de un Administrador/a de Condominios
Un administrador de condominio debe estar capacitado en varias áreas para garantizar una gestión eficiente y profesional. Las competencias incluyen:
- Normas y Procedimientos Básicos: Conocimiento del plan de emergencia, contratación de seguros y mantención de instalaciones.
- Normativa Laboral: Aplicable al personal del condominio.
- Rendición de Cuentas y Cobro de Gastos Comunes: Gestión financiera transparente y eficiente.
- Derechos Humanos: Enfoque en la resolución de conflictos aplicando principios de derechos humanos.
- Ley de Copropiedad Inmobiliaria: Conocimiento profundo de la nueva ley y sus reglamentos.
La inscripción en el Registro Nacional de Administradores de Condominio es un paso fundamental para profesionalizar la administración de propiedades en Chile. Cumplir con estos requisitos y competencias no solo asegura una mejor gestión de los condominios, sino que también brinda mayor confianza y seguridad a las comunidades. Si eres administrador de condominios, asegúrate de seguir esta guía y cumplir con todas las normativas para ofrecer un servicio de calidad y legalidad.
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